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Derecho al olvido

La Sala Tercera del Tribunal Supremo decidirá si Google debe eliminar los enlaces a noticias que afecten a particulares y que no reflejen la veracidad de los hechos.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación interpuesto por Google sobre el denominado derecho al olvido, que podría responder a algunas preguntas sobre si las empresas con motores de búsqueda deberían analizar si las informaciones previas sobre investigaciones policiales y judiciales fueron precisas o, por el contrario, deberían ser eliminadas. La cuestión es si Google tendrá que valorar si estas noticias son veraces o no para indexarlas.

El caso con el que se inició todo este asunto se publicó en El País el 4 de julio de 2010. Se trata de un caso en el que un jefe forestal de la Xunta de Ourense fue sancionado por cazador furtivo. La noticia explicaba que dos agentes sorprendieron al técnico cazando en una zona prohibida con otras dos personas y que amenazaron a los agentes con sus escopetas. Más tarde, fueron denunciados por el Seprona y expulsados de la sociedad de caza.

La noticia se basó en los documentos de la noticia y era rigurosa sobre lo que allí constaba. Después, el Tribunal Superior de Galicia anuló las sanciones por una cuestión formal, de plazos de notificación y dictaminó que los cazadores estaban autorizados. También se habló de ciertos altercados, pero la resolución no llegó a profundizar en lo sucedido.

Tras los hechos, el jefe forestal no pidió al diario que modificara o añadiera la resolución en la noticia, sino que solicitó a Google que dejara de indexarla. Como no lo consiguió, acudió a la Agencia Española de Protección de Datos y finalmente el caso acabó en la Audiencia Nacional. Las dos consideraron que la noticia no era veraz y resolvieron que Google la retirara.

La Audiencia Nacional reconoció que la noticia era de interés público pero que el contenido no era exacto, por lo que no debía ser indexada. Sin embargo, Google defendió que la información se elaboró con diligencia y que ninguna persona puede elaborar un pasado a su medida.

Por esto, Google ha recurrido la sentencia y ahora el Tribunal Supremo debe decidir si el derecho al olvido incluye el que se valore si los hechos son veraces. A nadie se le escapa que esto es algo complicado y que, sin duda, constituye un evidente problema para Google.