Con la proliferación de podcast por parte de los medios surgen también dudas acerca de los derechos de autor que tienen los contenidos usados en ellos. CEDRO, a asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras, explica hasta dónde llegan esos derechos.
Los podcast están de moda. Se han convertido en un modo de información y entretenimiento cada día más usado por los usuarios. Sin embargo, los creadores de este nuevo formato tienen que tener en cuenta ciertos criterios para respetar los derechos de autor.
Javier Díaz de Olarte, jefe jurídico de CEDRO, explica que “incorporar en los podcast una canción o una lectura de un capítulo de un libro supone siempre efectuar acto de reproducción y puesta a disposición. Si afectan a obras protegidas necesitamos la autorización de los titulares de derechos o del autor y editor, en caso de ser un libro”. En el caso de la música los titulares, además de los autores son los productores y artistas, por lo que “si en el podcast vamos a utilizar un fonograma, aunque esté en domino público, hay que comprobar su protección ya que puede ser que haya que regularizar sus derechos”.
Por lo tanto, a la hora de desarrollar un podcast se tiene que tener cuidado y, tal y como explica Día de Olarte “recordar que hay que utilizar siempre las cosas ajenas con autorización”. Según cuenta, los bienes inmateriales, como la propiedad intelectual, también tiene unos titulares y hay que solicitar la autorización de los mismos. En caso de duda, los creadores de contenido para podcast deben contactar con asociaciones, como CEDRO, para que puedan asesorarles.
Pero, ¿y en el caso del podcast en sí mismo? ¿tienen derechos de autor? Según el jefe jurídico de CEDRO “el contenido de algunos podcast sí que tiene el carácter de obra ya que, entre otras características, cumple con la de originalidad”. Además, según la definición general el podcast es “una fijación sonora de la ejecución o interpretación de una obra” coincidiendo completamente con la definición de fonograma por lo que puede gozar de su protección.
En este caso, los derechos de autor corresponderían a la persona o empresa responsable de la grabación.