Un juzgado frena la estrategia con la que Hallon justificaba el uso de artículos de prensa sin permiso
El Juzgado Mercantil n.º 8 de Barcelona ha dictaminado que las firmas dedicadas al seguimiento de medios, como Hallon Intelligence, no pueden consignar judicialmente los pagos de derechos de autor si no disponen de autorización para utilizar contenidos de periódicos y revistas con fines comerciales.
La justicia ha dado la razón al Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), frente a Hallon Intelligence, una empresa que se dedica a hacer y vender resúmenes de noticias (clippings) a empresas privadas, así como a administraciones públicas de todos los niveles.
El Juzgado Mercantil n.º 8 de Barcelona ha decidido que Hallon no puede seguir depositando dinero en el juzgado, como si estuviera pagando derechos de autor, para seguir utilizando contenidos de periódicos y revistas sin permiso.
¿Qué hacía Hallon?
Hallon recopila artículos de prensa y los transforma en resúmenes que luego vende a empresas, instituciones públicas y otros clientes. Para hacerlo legalmente, necesita una licencia de CEDRO, que es la organización autorizada para gestionar los derechos de autor de esos contenidos, y que protege los derechos de más de 36.000 autores y editores de prensa en España. Sin embargo, Hallon lleva operando sin esa licencia desde agosto de 2024, razón por la cual CEDRO la demandó en diciembre del año pasado.
Para intentar justificarse legalmente, Hallon se acogió a una fórmula prevista en la Ley de Propiedad Intelectual (artículo 163), que permite consignar pagos en el juzgado mientras se negocia una licencia. Pero la jueza ha dicho claramente que esto no aplica cuando no hay una negociación real en marcha y cuando se está utilizando contenido sin permiso, pues la consignación no puede ser utilizada para eludir las obligaciones legales con los editores de prensa.
¿Qué ha decidido el juzgado?
- Hallon no puede seguir consignando pagos judiciales como si eso legalizara el uso de los contenidos.
- La juez ha ordenado devolverle a Hallon todo el dinero que había depositado, ya que no corresponde en este caso.
- La resolución es firme y no se puede recurrir.
¿Por qué es importante esta decisión?
El juicio principal entre CEDRO y Hallon sigue en marcha. Pero este fallo sienta un precedente claro: si una empresa quiere usar artículos de prensa con fines comerciales, tiene que tener la licencia correspondiente antes de empezar. No basta con depositar dinero en los tribunales.
Además, esta decisión protege a los editores y periodistas, ya que garantiza que se respete su trabajo y que se les pague cuando otras empresas lo usan para generar beneficios. CEDRO ha recordado que el sector editorial español solo recauda unos 3,5 millones de euros al año por este tipo de usos, cuando el mercado real es mucho mayor, en torno a los 10 millones. En otros países europeos se recauda bastante más, como en Reino Unido (más de 44 millones), Francia (17 millones) o Alemania (16 millones).
Desde la Asociación de Medios de Información (AMI), que agrupa a los principales editores de prensa en España, valoramos positivamente esta decisión. Reiteramos la urgencia de proteger los derechos de autor como herramienta para garantizar la sostenibilidad del periodismo profesional, un pilar esencial de la democracia.