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Primera victoria de los medios de información españoles frente a Meta

El Juzgado de lo Mercantil nº15 de Madrid ha otorgado a los medios españoles de AMI que demandaron a Meta Ireland por competencia desleal el pasado 1 de diciembre su primera victoria, al desestimar la acción declinatoria por la que Meta Ireland negaba la competencia de los Juzgados españoles para conocer del caso. La demanda presentada por los medios españoles solicitaba a Meta una indemnización de 550 millones de euros por su competencia desleal en la venta de publicidad digital.

Meta argumentaba que la compañía tiene su domicilio en Irlanda, donde son adoptadas todas las decisiones, y sostenía que atribuir la competencia de jurisdicción a los tribunales españoles representaba un riesgo al colocar a Meta Ireland en una posición excesivamente gravosa si puede ser demandada en cualquier Estado Miembro. Meta sostenía que esta situación de posible riesgo de demanda en múltiples jurisdicciones causaría a Meta un perjuicio en términos de costes legales, tiempo y recursos de defensa.

En un auto de cinco páginas, el Juzgado de lo Mercantil nº15 de Madrid indica que la abundante jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aportado por Meta no consigue enturbiar algo que parece claro al determinar que las indemnizaciones por daños y perjuicios y culpa extracontractual se recogen en el Reglamento Europeo 1215/2012 como materia cuasidelictual y señala que una persona domiciliada en un Estado miembro puede ser demandada en otro Estado miembro en el lugar donde se haya producido el hecho dañoso. En su auto, el Juzgado de lo Mercantil recoge que las 87 sociedades que dieron su poder a AMI son sociedades editoras de información y publicidad con domicilio en España y no en Irlanda y que el resultado dañoso del lucro cesante reclamado a Meta por las demandantes se produce obviamente en la cuenta de resultados de estas sociedades y se produce en España.

El presidente de AMI, José Joly, expresa la enorme importancia de esta primera victoria judicial que asegura la continuidad de la demanda interpuesta por los medios de AMI y obliga a la plataforma tecnológica a contestar en plazo las reclamaciones formuladas por los medios de información, permitiendo de esta manera que la Justicia española pueda reparar el importante daño que les ha sido causado por la conducta indebida de Meta que utilizó durante años los datos personales de los ciudadanos para la venta de publicidad segmentada sin base jurídica para ello, amenazando con esta conducta la sostenibilidad de los medios de información y el derecho de información de los ciudadanos españoles.

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