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La Comisión Europea identifica qué servicios de las grandes compañías tecnológicas estarán sujetas a obligaciones de buen comportamiento reforzado al amparo de la Ley de Mercados Digitales

La Comisión Europea ha dado a conocer cuáles serán las seis grandes tecnológicas que deberán acatar la Ley de Mercados Digitales (Digital Market Act, DMA), al ser consideradas como gatekeepers o guardianas de acceso, es decir, que proporcionan una puerta de entrada importante entre empresas y usuarios, tanto profesionales como particulares, para acceder a una serie de servicios. Se trata de Apple, Amazon, Alphabet (Google), Meta (Facebook), Microsoft y ByteDance (TikTok).

En total, son 22 los servicios de estas compañías que las autoridades europeas han identificado como “servicios núcleo”, por lo que la ley considera que estas compañías deberán garantizar el derecho de los usuarios a darse de baja de estos servicios en condiciones similares a las de suscripción. Entre ellos, se incluyen las principales redes sociales o los principales sistemas operativos, pero también herramientas que son clave para los medios de información, como los anuncios online (ads) de Google, Amazon y Meta, o los principales buscadores.

¿Cuáles son las obligaciones de buen comportamiento reforzado?

Entre ellas, las plataformas gatekeepers deberán:

_Permitir que terceros interoperen con los propios servicios de acceso en determinadas situaciones.

_Permitir a sus usuarios comerciales acceder a los datos que generan en su uso de la plataforma del gatekeeper.

_Proporcionar a las empresas que se anuncian en su plataforma las herramientas y la información necesarias para que anunciantes y editores lleven a cabo su propia verificación independiente de sus anuncios alojados en el gatekeeper.

_Permitir a sus usuarios comerciales promocionar su oferta y cerrar contratos con sus clientes fuera de la plataforma del gatekeeper.

Por otro lado, las plataformas no podrán:

_Tratar los servicios y productos ofrecidos por el propio gatekeeper de manera más favorable en su clasificación que los servicios o productos similares ofrecidos por terceros en la misma plataforma.

_No podrán evitar que los consumidores se vinculen con empresas fuera de sus plataformas.

_Tampoco podrán evitar que los usuarios desinstalen cualquier software o aplicación preinstalada si así lo desean.

_Ni tampoco podrán rastrear a los usuarios finales fuera del servicio de plataforma principal de los guardianes de acceso con fines de publicidad dirigida, sin que se haya otorgado el consentimiento efectivo.

Un plazo de seis meses para garantizar el cumplimiento de la DMA o tendrán “duras sanciones”.

Para el Comisario Europeo de Mercado Interior y Servicios, Thierry Breton, “hoy se alcanza una meta muy importante para la libertad y la innovación online en Europa”, y ha destacado que esta normativa ofrecerá más opciones a los usuarios y creará más oportunidades para las pequeñas empresas tecnológicas. “Abrirá las puertas de Internet”, según sus propias palabras, a la vez que supondrá un freno a las prácticas abusivas del sector tecnológico, que también afectan al sector de los medios de información.

A partir de ahora, las compañías tendrán un plazo de seis meses, hasta marzo de 2024, para garantizar el pleno cumplimiento de las obligaciones de la DMA en cada uno de los servicios núcleo que la CE ha incluido en la normativa.

En cuanto a incumplimientos, Breton ha anunciado que, de no cumplir los plazos, las compañías podrían enfrentarse “a sanciones muy graves”, que podrían llegar hasta el 10% de la facturación global, o el 20% en el caso de posibles reincidencias.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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