La sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva ya ha sido recurrida y es la primera en España que condena a un periodista por un delito de revelación de secretos por la publicación de información veraz y de interés público, tal y como reconoce la propia sentencia.
AMI alerta del peligro que, para ciudadanos, medios de información y periodistas, supone la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva, al ser una grave conculcación del derecho fundamental a la libertad de información protegido por nuestra Constitución. La Asociación de Medios de Información señala también que el citado tribunal se atribuye la dudosa facultad de decidir el alcance con el que deben redactarse las informaciones periodísticas, a pesar de reconocer que las informaciones publicadas son exactas y el interés público del caso.
La directora general de AMI, Irene Lanzaco, manifiesta que, con esta sentencia, “se niega a la ciudadanía el derecho a conocer de forma fiel hechos que afectan a nuestra convivencia cívica”. Lanzaco advierte también de que las sociedades “conforman su conciencia colectiva a partir de la información a la que tienen acceso y que privar a la sociedad de información supone denigrar su capacidad intelectual y su capacidad de posicionamiento antes los hechos”.
AMI apunta que los magistrados no pueden usurpar la función de los periodistas profesionales ni imponer el libro de estilo que debe regir en la redacción de las informaciones. Es labor de los editores de los medios de información determinar el alcance de las informaciones que publican, siempre desde el máximo respeto al rigor informativo y a la contrastación de los hechos, valores presentes en el caso resuelto por la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva.
Desde AMI, esperan que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoque la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Huelva y garantice, así, el derecho fundamental de información de los ciudadanos y el desempeño seguro de la profesión periodística.
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